El Boletín oficial de la Región de Murcia publica hoy sábado la Resolución de 16 de junio de 2010, de la Directora del Instituto de la Mujer, por la que se convocan subvenciones a los ayuntamientos de la Región para la prestación de servicios para la conciliación de la vida personal, laboral y familiar. La partida presupuestaria asignada está cofinanciada por el Fondo Social Europeo en un 80 %.
El objeto, la finalidad, y los gastos que podrán ser objeto de subvención, son aquellos servicios destinados a la atención de niños y niñas entre 0 y 12 años “cuyos/as progenitores/as estén trabajando o recibiendo formación para el empleo, con horarios adaptados a las necesidades laborales de la zona”. La redacción de dos apartados del precepto resulta sospechosa por el reparto de tareas laborales y familiares que la norma parecer otorgar a hombres y mujeres. De esta manera, se subvencionará la ampliación de horarios matinal y vespertino en los centros escolares y otras instalaciones municipales, “haciéndose cargo de las alumnas y los alumnos que, por necesidades laborales de sus padres y madres, han de dejarlos o recogerlos fuera del horario educativo oficialmente establecido” (es decir, los padres en primer lugar), así como también los servicios de canguros, considerando como tales “los servicios de cuidado puntual prestados en una instalación adecuada al objeto del servicio, para cubrir necesidades de madres y padres empleados con carácter temporal o que están recibiendo formación para el empleo” (es decir, las madres en primer lugar).
¿Se presume que los hombres son “los primeros” que deben trabajar, mientras que las mujeres son “las primeras” que deben cuidar a los hijos e hijas? La redacción dada NO sorprende viniendo, precisamente, del Instituto de la Mujer de la Región de Murcia.
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Arrieros somos...Esto ya nos h a pasado en otras ocasio [...]